Introducción del Acta:
La Curadora Urbana Segunda de Medellín, posesionada en el cargo el 20 de junio del 2023 según Decreto municipal No.0509 del 08 de junio del 2023, según Acta No.363; en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por la el Decreto 1077 del 2015, La Ley 594 del 2000 “establece que las entidades de administración pública y las entidades privadas que cumplen una función pública deberían elaborar programas de gestión documental, ARTÍCULO 6º. b) La asistencia técnica estará a cargo del Archivo General de la Nación, los consejos territoriales de archivos, los comités técnicos, las entidades de formación de recurso humano, las asociaciones y las entidades públicas y privadas que presten este servicio”, Decreto 1080 del 2015 ARTÍCULO 2.8.2.1.14. Del Comité Interno de Archivo. ARTÍCULO 2.8.2.1.15. Conformación del Comité Interno de Archivo, Acuerdo 001 del 2024 CAPITULO 3 ARTÍCULO 2.3.1 con sus parágrafos 1 y 2, CAPÍTULO 7 “Licencias urbanísticas y demás documentos que se producen en ejercicio de la función pública asignada a los curadores urbanos por mandato legal”, ARTICULO 9.7.1 “Objetivo. Reglamentar la gestión documental de los expedientes de las licencias urbanísticas y otras actuaciones relacionadas con la expedición de las licencias” y su Parágrafo. “Los curadores urbanos en ejercicio de la función pública se encuentran obligados al cumplimiento del presente Acuerdo en su integridad y demás normas concordantes”.
Objeto de Acta
Crear El Comité Interno De Archivo como grupo de apoyo a los procesos de la Gestión Documental.